La Jueza Municipal de Faltas expresó que la disposición de retener el carnet de conducir no es nueva sino que siempre estuvo vigente
La doctora Nora Cuggino se refirió a los casos en que esos documentos son requisados cuando alguien que tiene domicilio en una ciudad obtiene el carnet en otra población.
La funcionaria remarcó que la Licencia de Conducir debe emitirse en el lugar de domicilio del solicitante y advirtió que si un conductor gestionó un carnet en otra población pero cambia de domicilio, tiene 90 días para renovar el permiso en su nuevo lugar de residencia.
La funcionaria aclaró que siempre y cuando el municipio en el que haya gestionado su habilitación esté adherido a la ley nacional.
Indicó que los centros municipales que adhirieron a norma nacional poseen carnets habilitantes con un código único que las identifica y que si estos documentos carecen de él como por ejemplo un carnet gestionado en Ballesteros sur que no está adherido, el permiso de conducir no tiene valor.
Cada Municipio habilitante está sometido a una auditoría periódica que los aprueba, puntualizó
Nora Cuggino indicó que si una persona gestiona un carnet de conducir en un municipio no adherido, sólo puede circular en ese lugar, caso contrario se le retira el permiso hasta que regularice su situación.
Finalmente la Jueza de Faltas indicó que muchas personas hacen el trámite del permiso de conducir en municipios no adheridos porque les exigen muy pocas cosas y no requieren exámenes, necesarios para habilitarlos.
Es decir, entregan carnets con meros fines recaudatorios