Como integrantes del Consejo de Administración de la COOPERATIVA DE ENERGÍA ELÉCTRICA Y O.S.P. DE LAS VARILLAS LTDA., nos vemos en la obligación de responderle públicamente, y nos dirigimos a Ud. en respuesta a v/nota pública remitida a los medios de comunicación, y en tal sentido le hacemos saber lo siguiente:
Que, aun no recibiendo en nuestra sede la nota publicada en algunos medios de comunicación, le solicitamos nos haga llegar una copia a fin de darle el curso administrativo necesario.
Que, nuestra Cooperativa recibió una sola nota fechada 20/5/22 que suscribe la asociada Pagani y su letrado abogado (Dr. Pintos) que fue oportunamente respondida a su letrado, donde nos planteaba suscribir un nuevo boleto de compraventa por estar prescripto y realizar la escrituración. Fue evacuada expresándole que dicha obligación esta en cabeza del titular del lote y de quien realizo el loteo. Que, sin perjuicio de ello, admitimos varias reuniones con Ud. y terceras personas relacionadas al tema planteado. Que, con respecto a la deuda que tendría la Cooperativa con Ud., nuevamente le
REITERAMOS, como siempre lo hemos expresado en esta gestión, nos acerque un detalle, periodos adeudados y comprobantes de pago del impuesto provincial de rentas que supuestamente le correspondería abonar a la Cooperativa por la titularidad de esos 44 lotes, para así ratificar lo planteado y generar el pago o reembolso actualizado, o desechar tal cuestión por no corresponder conforme a la ley y al contrato.
Que, Ud. entenderá que la Cooperativa no puede emitir pagos, sin un fundamento legal, porque siempre estamos sujetos a rendir cuentas a nuestros asociados.
Reiteramos, que jamás hemos actuado con desidia o negligencia, no solamente en su caso sino también en cualquier otro reclamo de asociado a nuestra Cooperativa.
Respecto de la deuda que dice tener actualmente con Rentas de la Provincia, le informamos, una vez más, que la Cooperativa no posee ninguno de esos lotes que adquirió en el año 2009 y fue enajenando hasta el año 2015, cada uno de esos 44 lotes, siendo exclusivo responsables de tributos los nuevos adquirentes.
Por último, no existe fundamento legal ni contractual para que la Cooperativa emita actualmente un pago por tributo de lotes que no es titular.
Sin otro particular, aprovechamos para saludarle muy atte. Consejo de Administración.-