El Gobierno de Córdoba anunció una serie de beneficios impositivos y económicos para aquellos sectores afectados por la pandemia.
Las nuevas medidas alcanzan a bares y restaurantes; salones de fiesta y discotecas; gimnasios, natatorios y canchas; escuelas de danza, canto y teatro y academias de idiomas; centros de formación profesional y academias de oficios; y cines, autocines, teatros y centros culturales.
Estos son los puntos principales
Exención del mínimo imponible de Ingresos Brutos para todo 2021.
– Eximición de Ingresos Brutos para los meses de mayo, junio, julio y agosto de 2021.
– Eximición del Impuesto a los Sellos hasta diciembre de 2021 sobre contratos de alquiler de hasta $40.500 mensuales.
– Diferimiento en el pago de las facturas eléctricas (EPEC) que venzan en junio de 2021 hasta diciembre con cero por ciento de interés.
La Ministra de Coordinación, Silvina Rivero le dijo a FM IDENTIDAD que le pidieron a EPEC que financie en las mismas condiciones a las Cooperativas que proveen el servicio de energía eléctrica en el interior provincial
Más beneficios
– Plan de facilidades de pago para deudas vencidas hasta mayo de 2021 inclusive, con tasa de financiación del 1 % en 30 cuotas mensuales. Vencimiento de la primera cuota en diciembre de 2021 con plazo de adhesión hasta septiembre de 2021.
– Reconexión sin costo de medidor en caso que corresponda o en caso que se solicite baja temporal del servicio
– Ayudas económicas no reintegrables determinadas según la condición fiscal.
Montos de las ayudas no reintegrables:
Monotributistas: categoría A-B-C serán beneficiados con una asistencia de 30 mil pesos; categorías D-E-F-G de 40 mil pesos; y H-I-J-K de 45 mil pesos.
Responsables inscriptos: los trabajadores que hayan declarado con promedio primer trimestre 2021 de hasta $ 250.000 recibirán 45.000 pesos y aquellos que superen los $ 250.000 en su declaración será de 70 mil pesos.
Solicitudes (desde el 1 hasta el 30 de junio)
– Completar el formulario digital “Ayuda Directa por Restricciones en la Actividad (ADRA)” disponible en la página web del Gobierno de la Provincia de Córdoba www.cba.gov.ar ingresando con Ciudadano Digital Nivel 2.
– Declarar cuenta bancaria a nombre del solicitante.
– Estar inscripto en la Dirección General de Rentas en alguna de las actividades restringidas y haber presentado Declaración Jurada de Ingresos Brutos.
– En el caso de monotributistas, haber efectuado al menos un pago correspondiente al primer trimestre de 2021.