Mediante la resolución N°86/2020 del Ministerio de Promoción del Empleo y
de la Economía Familiar publicada este martes, se retoman los Programas de Empleo PPP, PIP, POR MI y PILA desde el 1 de julio. Solo podrán participar aquellos que eran beneficiarios de los programas al momento de que se pospusieron por la situación epidemiológica.
La excepción que aclara la normativa es “en aquellos casos en que la actividad vinculada a la práctica capacitante en ambiente de trabajo no se encuentre habilitada conforme a las recomendaciones efectuadas por el Centro de Operaciones de Emergencia (COE) a nivel provincial y/o regional según corresponda”.
Dependiendo el plan, por prácticas de 20 horas semanales, se abona una asignación estímulo que va desde 4.500 a 9.500 pesos por mes.
El trámite consta de una serie de pasos a seguir que debe iniciar el beneficiario, previo acuerdo de la empresa.
El beneficiario deberá:
1. Ingresar a su cuenta de Ciudadano Digital (debe contar con CiDi Nivel 2).
2. Ya ingresado en CiDi, deberá ingresar en el buscador “programas de empleo” y hacer click en el icono correspondiente.
3. Por último, deberá indicar el N° de CUIT de la empresa y seleccionarla.
Por su parte, el empleador deberá:
1. Ingresar a su cuenta de Ciudadano Digital (debe contar con CiDi Nivel 2).
2. Ya ingresado en CiDi, deberá ingresar en el buscador “programas de empleo” y hacer click en el icono correspondiente.
3. Completar la Declaración Jurada que consta que:
• La actividad se encuentra dentro de los rubros habilitados por el COE.
• La empresa cumple con los protocolos dispuestos.
• No despidió ni suspendió personal desde el inicio de la pandemia.
4. Escribir el N° de CUIL del beneficiario y seleccionarlo.
5. Completar la planilla de horarios.
6. Cargar CBU para débito automático de la co-financiación y aceptación del mismo.
7. Por último, deberá enviar por correo electrónico el formulario de AFIP 931 nominal de los meses de febrero y junio a pagos.empleo@cba.gov.ar para comprobación de datos de DDJJ.
Una vez completado el trámite, se le dará un N° de sticker SUAC como comprobante. Cabe destacar que el beneficiario que se reempadrone no puede comenzar su entrenamiento laboral hasta que se apruebe la documentación presentada. Cabe destacar que se notificará, tanto a los beneficiaros como los empleadores, cuando estén aptos para dar inicio a la práctica.