El espacio Las Varillas Cambia radicó una denuncia en la Junta Electoral Municipal contra Mauro Daniele por “infringir la Ley Electoral”.
En una nota ingresada hoy, el sector que lidera Jorge Cravero sostiene que se viola la norma vigente al promocionar un acto que consideran político que se realizará hoy.
Se refiere al anuncio de inauguración de la puesta en valor de la casona Ventura Pardal publicada a través de las redes sociales y a obras de electrificación, entrega de viviendas y otros anuncios de gestión.
Pide asimismo la aplicación de una multa económica y sanciones y un cese urgente de dicha actividad.
QUÉ DICE LA LEY ELECTORAL 9571
Código electoral provincial.Capítulo III
Prohibiciones
Artículo 220.- Publicidad oficial. QUEDA prohibida la realización de publicidad oficial durante los últimos treinta (30) días inmediatos anteriores a la fecha prevista para una elección.
Las únicas excepciones a lo prescripto anteriormente son las campañas de información de las autoridades electorales o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.
La violación a lo establecido en el presente artículo será sancionado de acuerdo a lo previsto en el artículo 244 inciso 2) de la presente Ley.
Artículo 221.- Actos inaugurales. QUEDA prohibida la realización de actos inaugurales de obras públicas y el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo, durante los quince (15) días inmediatos anteriores a la fecha fijada para la celebración de un comicio.
La violación a lo establecido en el presente artículo será sancionado de acuerdo a lo previsto en el artículo 244 inciso 1) de esta Ley. Si se tratara de empleado o funcionario público se aplicará el artículo 244 inciso 2) de esta Ley.